En estos días hemos escuchado
hablar de una nueva figura a nivel fiscal y de un IVA llamado de caja para
autónomos y pymes en la ley de emprendedores. Pero, ¿realmente sabes de qué se
tratan cada una? Te explicamos un poco de qué se trata para intentar aclarar
tus dudas.
Emprendedor de responsabilidad limitada
Si eres autónomo, estás de
enhorabuena, porque en la nueva ley de emprendedores propuesta por el gobierno
se establece que ya no tendrán que responder ante las deudas con su vivienda
habitual si su negocio tiene pérdidas, siempre y cuando la vivienda esté
valorada en menos de 300.000 €.
Esto se traduce a una nueva
figura que la han denominado como Emprendedor de responsabilidad limitada. Esta
figura siempre ha estado reclamada por el sector autónomo, separando de este
modo la responsabilidad empresarial de la personal.
Qué es el IVA de caja
Además de la creación de esta
nueva figura, parece que se establece un pequeño claro en lo que se refiere al
IVA y es que se aplica con criterio de caja a partir del 1 de enero de 2014.
Esto significa que aquellos autónomos y Pymes que tengan una facturación inferior
a los 2 millones de euros, podrán pagar el IVA de sus facturas cuando las hayan
cobrado. Hasta entonces, los autónomos y Pymes deben adelantar el IVA
repercutido, hayan o no hayan cobrado, suponiendo serios problemas en su
liquidez. A este nuevo régimen de Iva de caja podrán acogerse aquellos
autónomos y pymes que lo deseen, pero si bien no precisan pagar el IVA
repercutido hasta cobrar las facturas, tampoco podrán deducir el IVA soportado
si no han pagado las facturas a sus proveedores.
Puede ser una buena medida para
autónomos y pymes porque tendrán mayor liquidez para poder hacer frente a los
gastos sociales, suministros, alquileres…
¿Qué te parecen estas nuevas medidas
aplicadas por el gobierno en la Ley de emprendedores?
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